Desmembramiento de la provincia de Yauyos.
La provincia de Yauyos tubo 3 desmembramientos de su territorio original:
1.- El distrito de Chupamarca de Yauyos
pasa a formar parte de Castrovirreyna a cambio o permuta con Huangáscar que
viene de esa provincia.
2.- El distrito de Huáñec pierde sus
anexos de Suitucancha, Huacracocha y otros que pasa a la provincia de Yauli del
departamento de Junín.
3.- El distrito de Tauripampa pierde su
territorio de Pócoto que pasa a la provincia de Cañete.
DESARROLLAMOS:
1.-El distrito yauyino de Chupamarca pasa
a formar la provincia de Castrovirreyna del departamento de Huancavelica, en un proceso que se inicia el 16
de febrero de 1866, continuó en 1898 y culminó el año 1900, viniendo en permuta
a Yauyos, el distrito de Huangáscar procedente esa misma provincia de
Castrovirreyna.
Aquí la ley de 16 de febrero de 1866, firmada por el presidente Mariano Ignacio Prado, que inicia el proceso:
MARIANO IGNACIO PRADO.
Presidente
Provisorio de la República.
Decreto:
Art. 1º.- El pueblo de Huaytará será la capital de la Provincia de
Castrovirreyna.
Art- 2º.- El Distrito de Chupamarca, de la Provincia de Yauyos,
compuesto por los pueblos de Huamatambo, Chupamarca y Huanaco, pertenecerá a la
Provincia de Castrovirreyna.
Art. 3º.- El Distrito de Huangáscar, de la Provincia de Castrovirreyna,
que consta de los pueblos de Huangáscar, Cacra, Tana y Hongos, pertenecerá a la
Provincia de Yauyos.
Art. 4º.- Los pueblos de Víñac, Apurí, Chocos y Huangáscar, compondrá un
Distrito, bajo la denominación de Víñac, y los pueblos de Cacra, Tana y Hongos,
otro, que se denominará Cacra.
El Secretario de Estado en el Despacho de Gobierno, queda encargado del
cumplimiento de este decreto.
Dado en la casa de gobierno, en Lima, a los 16 días de febrero de 1866.
MARIANO I. PRADO.- J.M. Químper.
2.- El distrito de Huáñec pierde sus
anexos de Suitucancha, Huacracocha y otros que le pertenecían al distrito desde tiempos inmemoriales pasa a la provincia de Yauli del
departamento de Junín. En esta zona que pierde quedaba la parte norte de la Hacienda
de Cochas que perteneció todo a Huáñec. Hoy toda la hacienda pertenece a la
Reserva Paisajística Nor Yauyos Cochas, que corresponden a los departamentos de
Lima y Junín.
Aquí la ley de 29 de abril de 1861:
Lima, Abril 29 de 1861.
Excmo. Señor:
El Congreso, considerando: que la
demarcación de límites entre la provincia de Yauyos y las de Jauja y Tarma, es
irregular y perjudicial a los intereses procomunales de los pueblos, ha tenido
á bien declarar: que la línea divisoria entre la Provincia de Yauyos y las de
Jauja y Tarma, sea la cordillera de los Andes, quedando por consiguiente, los
caseríos de Suytucancha y Huajracocha, con sus accesorios, agregados al
distrito de Yauli, con sujeción á los límites señalados para esta provincia por
la Convención Nacional.
Lo comunicamos á V. E.-Miguel del Carpio, Presidente del Senado.- Antonio Arenas, Presidentes de la Cámara de Diputados.- José H. Cornejo, Secretario del Senado.- Manuel Antonio Zárate, Diputado Secretario.
Al Excmo. Señor Presidente de la
República.
Lima, 30 de Abril de 1861.
Cúmplase, comuníquese y publíquese.- Rúbrica de S.E-Morales
3.- El distrito de Tauripampa pierde su
territorio de Pócoto que pasa a la provincia de Cañete.
Aquí la ley:
Ley No. 4932
El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto: el Congreso a dado
la ley siguiente:
El Congreso de la República
Peruana
Ha dado la ley siguiente:
Artículo Único.- El pueblo de Pócoto, de
la provincia de Yauyos, en sus límites actuales, pasará a formar parte del
distrito de Imperial, en la provincia de Cañete.
Comuníquese al Poder Ejecutivo, para que
disponga lo necesario a su cumplimiento.
Dada en la sala de sesiones del Congreso,
en Lima, a los venticinco días del mes de enero de mi novecientos veinticuatro.
GUILLERMO REY, Presidente del Senado.
F. A. MAREÁTEGUI, Presidente de la Cámara
de Diputados.
R. C. Espinoza, Senador Secretario.
Eduardo C. Basadre, Diputado Secretario.
Al señor Presidente de la República.
Por tanto: mando se imprima, publique,
circule y se le dé el debido cumplimiento.
Casa de Gobierno, Lima, doce de febrero de
mil novecientos veinticuatro.
A.B. LEGUÍA.
Pedro
José Rada y Gamio.
FUENTE:
-Demarcación Política del Perú, Justino Tarazona.
Ley que inicia el proceso para que el distrito
yauyino de Chupamarca pase a la provincia de Castrovirreyna de Huancavelica.
Ley de 29 de abril de 1861 por la que el distrito
yauyino de Huáñec pierde los territorios de Suitucancha, Huacracocha y otros
que pasan al distrito de Yauli del departamento de Junín.
Ley No. 4932 por la que el distrito yauyino de Tauripampa pierde su territorio
de Pócoto que pasa a la provincia de Cañete, ambos en el departamento de Lima.
NOTA.- Las leyes dadas antes de 1904 no se numeraban.
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